Se autoriza al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, previo mensaje de la Comisión Doméstico de Seguridad y Salud en el Trabajo, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de este Existente Decreto, Ganadorí como para las adaptaciones de carácter estrictamente técnico de sus anexos en https://minerh554ctk4.blogginaway.com/profile